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CÓMO "VALIDAR" UN TÍTULO EXTRANJERO DE EDUCACIÓN SUPERIOR:
En el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros, se establecen tres procedimientos posibles: homologación, equivalencia y convalidación.
- Homologación: en el caso de las personas con un título extranjero de educación superior de educación física, actividad física y deporte que quieren acceder a la docencia de la Educación Física en el Sistema Educativo, tendrán que hacer los trámites a través del procedimiento de homologación. Si dicho título de acceso a la docencia como Profesora o Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato (nivel postgrado-licenciatura), el documento acreditativo del Ministerio debe hacer constar también la especialidad, que en este caso sería Educación Física. Acceso al trámite a través del portal web del Ministerio de Educación.
- Equivalencia: Cuando el título extranjero de educación superior tiene la misma validez académica y/o profesional que un grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte expedido por el Estado español, el documento acreditativo del Ministerio pertinente asignará las titulaciones de Educación Física a la rama de conocimiento de "Ciencias Sociales y Jurídicas", y establecerá como campo específico "Servicios personales". En los casos en que la carga horaria de su itinerario formativo personal exista un mayor número de materias relacionadas con la Pedagogía, el campo específico podrá ser "Educación". Acceso al trámite a través del portal web del Ministerio de Educación.
- Convalidación: Si el título extranjero de educación superior no resultase ni equivalente ni homologable respecto a los estudios universitarios españoles o la persona haya cursado materias sin finalizar los estudios, podrá disponer de una convalidación o reconocimiento parcial y deberá obtener un título prosiguiendo dichos estudios en una universidad española. Acceso al trámite a través del portal web del Ministerio de Educación.
INCORPORACIÓN EN EL COLEGIO PROFESIONAL:
Una vez se hayan realizado los trámites pertinentes que correspondan y se haya obtenido la homologación o equivalencia, las personas con titulaciones extranjeras de educación superior de educación física, actividad física y deporte podrán solicitar su incorporación al Colegio Profesional de la Comunidad Autónoma en la que vayan a ejercer profesionalmente. Para ello, deberán presentar en su solicitud de alta (ACCEDE AL PROCESO DE ALTA DE COLEGIACIÓN ONLINE) la siguiente documentación:
- Documentación pertinente del Ministerio sobre la equivalencia u homologación.
- En caso de la cequivalencia deberá hacer referencia a Ciencias Sociales y Jurídicas como rama de conocimiento, y Servicios Personales o Educación como campo específico.
- En el caso de la homologación deberá indicar específicamente que es para ejercer de “Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la materia de Educación Física”.
- Plan de estudios de la universidad que ha expedido el título extranjero, a fin de realizar las comprobaciones pertinentes sobre la relación con la Educación Física y Deportiva.
- Documentación acreditativa de la experiencia profesional (si así lo requiere el Colegio Profesional).
NOTA: Cuando proceda, se requerirá la traducción de esta documentación al idioma que indique el Colegio Profesional de acceso.
En el caso de que el Colegio Profesional considere que el título extranjero no integra las competencias y resultados de aprendizaje necesarias para que la persona pueda integrarse como educadora físico deportiva, se le derivará a las universidades españolas para realizar un proceso de convalidación del título por el grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.