DOMINGO LÓPEZ, PRESIDENTE EN FUNCIONES DEL COPLEXT, NOS HABLA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE REGULACIÓN PROFESIONAL DEL DEPORTE DE EXTREMADURA
En este Reglamento “queda establecida la organización de eventos deportivos, la publicidad de los servicios deportivos y los cursos de formación, las habilitaciones temporales (sector privado) y las habilitaciones permanentes (en el sector público), así como la responsabilidad civil y la necesidad de certificar un mínimo de conocimientos en primeros auxilios y ausencia de delitos de naturaleza sexual”.
El pasado 18 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el “ reglamento” que desarrolla la Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en Extremadura. Este Decreto hace que después de más de cuatro años después de la publicación de la Ley, ésta pueda tener efectividad y puedan llevarse a cabo los procedimientos necesarios para evitar el intrusismo en el sector y que la ciudadanía esté realmente protegida en los servicios deportivos. De este desarrollo normativo también están pendientes las leyes autonómicas que han integrado la regulación profesional del deporte desde 2015.
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