EL CONSEJO COLEF REITERA LA NECESIDAD DE LA EDUCACIÓN FÍSICA EN LA FP BÁSICA
Un nuevo proyecto de Real Decreto que modificará diferentes normas relacionadas con los títulos de grado básico de Formación Profesional ofrece la oportunidad al Consejo COLEF para reiterar la necesidad de que el alumnado de estas enseñanzas tenga el mismo acceso a la Educación Física que sus pares que cursan Educación Secundaria Obligatoria. Más aún teniendo en cuenta la necesidad de aprender sobre prevención de riesgos laborales en este tipo de formaciones.
El Consejo COLEF ha enviado observaciones y comentarios al trámite de audiencia e información pública que abrió el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en relación con el ‘Proyecto de Real Decreto complementario al Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas’.
Con esta norma se pretenden modificar los siguientes reales decretos:
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Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
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Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis Títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de Títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
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Real Decreto 73/2018, de 19 de febrero, por el que se establece el Título profesional básico en acceso y conservación en instalaciones deportivas y se fijan los aspectos básicos del currículo.
Aprovechando esta modificación, y en la misma línea que en participaciones públicas previas (entre otras: LOMLOE; Ley de FP; RD del currículo de Secundaria; RD del Sistema de FP) se ha solicitado que se incorpore una la obligación expresa de que todo el alumnado de los títulos de grado básico de Formación Profesional cursen “Educación Física” de la misma forma que sus homólogos de edad que se encuentran cursando Educación Secundaria Obligatoria.
Y es que, de la misma manera que en sus pares de Educación Secundaria Obligatoria, en esta Formación Profesional deberá integrarse un módulo, relacionado con el área de Educación Física, en el que el alumnado:
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Conozca y acepte el funcionamiento de su cuerpo.
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Afiance hábitos saludables, así como de cuidado de su cuerpo, y los adquiera en relación con la especificidad de su cuerpo como herramienta física de trabajo.
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Incorpore la práctica de actividades físicas y deportivas a su tiempo libre para favorecer el desarrollo personal y social.
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Valore y reconduzca sus hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente.
Más aún teniendo en cuenta que la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales hace especial mención a que «las Administraciones públicas promoverán la mejora de la educación en materia preventiva en los diferentes niveles de enseñanza y de manera especial en la oferta formativa correspondiente al sistema nacional de cualificaciones profesionales».
En definitiva, es imprescindible que el alumnado de los títulos de grado básico de Formación Profesional pueda beneficiarse de contenidos específicos, vehiculados a través de la Educación Física, para la prevención de riesgos laborales, y en concreto sobre el manejo de cargas, la higiene postural y los primeros auxilios.
ACCEDE AL TEXTO COMPLETO DE APORTACIONES AL TRÁMITE DE AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA (TAIP):
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