El Registro de actividades de tratamiento se encuentra regulado en el artículo 31 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El Consejo COLEF, como corporación de derecho público, atendiendo al artículo 77.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, publica su inventario de actividades de tratamiento accesible por medios electrónicos haciendo constar la información establecida en el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 y su base legal.
01) Registro consolidado de EFD |
07) Derechos de protección de datos | 13) Newsletter y boletines | 19) Servicio de orientación jurídica |
02) Consultas |
08) Eventos | 14) Órganos colegiales | 20) Transparencia y acceso a la información |
03) Contactos |
09) Fiscal y contable | 15) Página web | 21) Ventanilla única |
04) Control de acceso |
10) Gabinete de prensa | 16) Premios, concursos y distinciones | |
05) Correo electrónico |
11) Gestión de brechas de seguridad | 17) Registros de entada y salida | |
06) Deontología, régimen disciplinario y resolución de recursos |
12) Laboral y recursos humanos | 18) Responsabilidad civil profesional |
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Responsable del tratamiento |
COLEGIO OFICIAL DE EDUCADORES FÍSICO DEPORTIVOS DE ARAGÓN (CIF: Q5000453J). Dirección: Avda.José Atares 101, bajos – 50018, Zaragoza. Teléfono: 608314516 Email: colefa@coelfaragon.es |
Delegado de Protección de Datos | Dataprev Dual Services SL (CIF: B75132670 ). Dirección: Paseo de Berio 43, 20018 San Sebastián – Gipuzkoa. Teléfono: 943 103 053.Email:i.aguayo@dataprev.es |
Legitimación para el tratamiento de los datos |
1) RGPD: 6.1.a) Consentimiento del interesado. 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. 6.1.f) Satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento. Reglamento General de Protección de Datos. 2) La base legal de las finalidades principales del tratamiento de sus datos asociados al cumplimiento de las funciones encomendadas al Consejo General, viene establecida en el art. 39 del R.D. 132/2018. Dicha normativa también sirve como legitimación legal del tratamiento de sus datos a través de la Ventanilla Única. 3) Otras bases legales para el ejercicio de funciones encomendadas al Consejo General son: Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Paraguas), Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su aplicación a la ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Omnibus), supletoriamente, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Estatutos del Consejo General. 4) La base legal para que el Consejo General tramite la certificación de nueva incorporación y de la cesión de datos correspondientes, así como para tramitar el alta en la Mutua correspondiente, y la cesión correspondiente, es el consentimiento prestado, que podrá retirar en cualquier momento. 5) El tratamiento para las finalidades principales no está supeditado al consentimiento para el tratamiento de los datos que no sean necesarios para dichas finalidades. |
Medidas técnicas y organizativas de seguridad |
1) RGPD: 5.1.f) establecimiento de garantías adecuados contra el tratamiento no autorizado o ilícito. 5.2) Medidas Organizativas: Almacenamiento seguro, destrucción segura (tanto en papel como en soporte informático), firmar contratos encargo de tratamiento con terceros, no comunicar datos a terceros, prohibir acceso a personas no autorizadas a tratar datos personales. 5.2) Medidas Técnicas: Uso de contraseñas para acceso a datos personales, actualización de dispositivos y antivirus, activar firewall y copias de seguridad. 2) Funciones y obligaciones del personal. Contrato de confidencialidad. 3) Responsabilidad proactiva del responsable del tratamiento. 4) Bloqueo de datos. 5) Violaciones de Seguridad de Datos de Carácter Personal, por ejemplo, robo o acceso indebido se debe de comunicar a la AEPD en el término de 72 horas. |
Transferencia Internacional |
No están previstas transferencias internacionales de los datos. |
Fuente: Consejo COLEF Descargar los datos Creado con Datawrapper
a) Base jurídica |
RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento General de Protección de Datos. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Real Decreto 2957/1978, de 3 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Profesores de Educación Física. |
b) Fin del tratamiento |
De acuerdo con la redacción vigente de la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales, determinados datos (nombre y apellidos, número de colegiación, títulos oficiales de los que estén en posesión, datos profesionales de domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico, y situación de habilitación profesional) serán publicados en la Ventanilla Única. La previsión de la publicación del registro de personas colegiadas en la Ventanilla Única de la Plataforma COLEF, propiedad web del Consejo General, responde a las potestades de ordenación profesional que las leyes atribuyen a estas Corporaciones de Derecho Público, resultando obligatorio para éstas, mantener actualizado el registro de personas colegiadas en la ventanilla única de su web, con la finalidad de protección de los intereses de los ciudadanos y clientes. |
c) Colectivo |
Personas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Ciencias del Deporte, o título homologado o declarado equivalente, incorporadas en los distintos Colegios Oficiales de Educadores/as Físico Deportivos/as de España. |
d) Categoría de datos |
DNI, NIF o pasaporte, Nombre y apellidos, Dirección postal y electrónica, Teléfono y Número de colegiación. Datos Académicos y profesionales, Infracciones administrativas y Otro tipo de datos: Sanciones. Fecha de inicio. Motivo. Resolución judicial. |
e) Categoría destinatario |
Colegios profesionales y Otros órganos de la Administración Pública. |
f) Transf. Internacional |
No están previstas transferencias internacionales de los datos. |
g) Plazo supresión |
Conservados durante más tiempo del necesario para alcanzar los fines de archivo de interés público |
h) Medidas de seguridad |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de la AEPD. |
i) Entidad responsable |
Consejo General de la Educación Física y Deportiva de España (Consejo COLEF) |
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a) Base jurídica |
RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento General de Protección de Datos |
b) Fin del tratamiento |
Gestión de la solicitud realizada, tramitación de los preceptivos procedimientos, así como la gestión de las funciones atribuidas, principalmente la presentación de quejas y reclamaciones. |
c) Colectivo |
Personas físicas, incluidas las representantes de personas jurídicas, que dirijan consultas al Consejo General y Delegado de protección de datos. |
d) Categoría de datos |
Los facilitados por la parte interesada y los que, en su caso, se incorporen al expediente al que dé lugar la solicitud, que pueden ser, entre otras, de las siguientes categorías: datos de carácter identificativo; características personales; circunstancias sociales; datos académicos y profesionales; datos de detalle del empleo; datos económico-financieros y seguros, etc |
e) Categoría destinatario |
No están previstas comunicaciones de datos. |
f) Transf. Internacional |
No están previstas transferencias internacionales de los datos. |
g) Plazo supresión |
Los datos serán conservados durante no más tiempo del necesario para alcanzar los fines. |
h) Medidas de seguridad |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de la AEPD. |
i) Entidad responsable |
Consejo General de la Educación Física y Deportiva de España (Consejo COLEF) |
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a) Base jurídica |
RGPD: 6.1 a) El interesado ha dado su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos. RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento General de Protección de Datos. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. |
b) Fin del tratamiento |
Base de datos de contactos y personalidades para la gestión de convocatorias a eventos y/o actos. |
c) Colectivo |
Asociados y miembros, personas de contacto. |
d) Categoría de datos |
DNI o NIF, Nombre y apellidos, Dirección postal o electrónica, Teléfono, Firma manual, Nombre de la empresa, CIF. |
e) Categoría destinatario |
No están previstas las cesiones de datos a terceros. |
f) Transf. Internacional |
No están previstas transferencias internacionales de los datos. |
g) Plazo supresión |
Conservados indefinidamente mientras sea necesario para mantener el fin del tratamiento. |
h) Medidas de seguridad |
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de la AEPD. |
i) Entidad responsable |
Consejo General de la Educación Física y Deportiva de España (Consejo COLEF) |
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