La información de este portal de transparencia está revisada a 25 de julio de 2024.
BASE LEGAL (LEY 19/2013)
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, reconoce el derecho de la ciudadanía a solicitar cualquier información que obre en poder de las instituciones y organizaciones públicas como consecuencia del desarrollo de sus funciones.
MEDIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Si quiere ejercer su derecho de acceso a la información sobre cuestiones relacionadas con COLEF Andalucía, puede enviarnos una solicitud de información por cualquiera de estas vías:
- Rellenar este formulario.
- Remitiendo un correo electrónico a colefandalucia@colefandalucia.com. Para facilitar la localización de la solicitud, se ruega que en el asunto del correo se indique: "Solicitud de acceso a información pública".
- Presencialmente, en la sede de COLEF Andalucía: Avda. Averroes,8. Edif. Acrópolis, locla B7. 41020-Sevilla.
- Por correo postal a la dirección: Avda. Averroes,8. Edif. Acrópolis, locla B7. 41020-Sevilla.
- Por cualquiera de los otros medios de presentación previstos en la Ley.
REQUISITOS
- Identificación: nombre y apellidos.
- Medio de contacto, preferiblemente electrónico.
PROCEDIMIENTO
- Órgano competente para resolver: Secretaría COLEF Andalucía.
- Plazo de resolución: un mes desde la fecha de entrada de la solicitud en COLEF Andalucía.
- Recursos: contra la resolución de COLEF Andaluicía podrá interponerse recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa. De manera voluntaria, podrá interponer previamente reclamación ante este Colegio.
TRANSPARENCIA EN LAS RESOLUCIONES DEL CONSEJO COLEF
Resoluciones denegatorias por aplicación de límites artículo 14 de la Ley de Transparencia.
Por el momento, COLEF Andalucía no ha adoptado resoluciones denegatorias por aplicación de los citados límites.