La información de este portal de transparencia está revisada a 08 de junio de 2022.
NOTA: El Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y Ciencias de la Actividad Física y del Deporte se denominará, de ahora en adelante, como Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF), término el cual constituye la denominación aprobada por acuerdo del Pleno del Consejo COLEF de fecha 17 de noviembre de 2018, tramitada ante el Ministerio de adscripción y pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros.
QUIÉNES SON LAS EDUCADORAS Y EDUCADORES FÍSICO DEPORTIVOS:
Son profesionales con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte que ejercern como especialistas en la dirección científico-técnica, la docencia, intervención sociosanitaria, intervención social, rendimiento y recreación socio-deportiva.
ENSEÑANZA DE LA EDUCACIÓN FÍSICA EN EL SISTEMA EDUCATIVO:
En España la función docente del Sistema Educativo está regulado en su acceso, y en lo que afecta a la Educación Física se establece de la siguiente manera:
OTROS SUBSECTORES RELACIONADOS CON LA EDUCACIÓN FÍSICA, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE:
En España no existe todavía una Ley Estatal que regule quién puede ejercer como profesional de la educación física, la actividad física y el deporte. Sin embargo, sí hay dos tipos de normas:
Para ejercer prestando determinados servicios se requiere el Titulación universitaria (licenciatura o grado) en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CAFyD), Ciencias del Deporte, o título homologado, declarado equivalente o reconocido por el Estado español en materia de Educación Física y Deportiva. Es decir, que si tu titulación extranjera fuese equivalente, podrías ejercer actividades u ocupaciones para las que se requiere el título en CAFyD.
CÓMO "VALIDAR" UN TÍTULO EXTRANJERO DE EDUCACIÓN SUPERIOR:
En el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros, se establecen tres procedimientos posibles: homologación, equivalencia y convalidación.
INCORPORACIÓN EN EL COLEGIO PROFESIONAL:
Una vez se hayan realizado los trámites pertinentes que correspondan y se haya obtenido la homologación o equivalencia, las personas con titulaciones extranjeras de educación superior de educación física, actividad física y deporte podrán solicitar su incorporación al Colegio Profesional de la Comunidad Autónoma en la que vayan a ejercer profesionalmente. Para ello, deberán presentar en su solicitud de alta (ACCEDE AL PROCESO DE ALTA DE COLEGIACIÓN ONLINE) la siguiente documentación:
NOTA: Cuando proceda, se requerirá la traducción de esta documentación al idioma que indique el Colegio Profesional de acceso.
En el caso de que el Colegio Profesional considere que el título extranjero no integra las competencias y resultados de aprendizaje necesarias para que la persona pueda integrarse como educadora físico deportiva, se le derivará a las universidades españolas para realizar un proceso de convalidación del título por el grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
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