La información de este portal de transparencia está revisada a 18 de junio de 2022.
BASE LEGAL (LEY 19/2013)
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, reconoce el derecho de la ciudadanía a solicitar cualquier información que obre en poder de las instituciones y organizaciones públicas como consecuencia del desarrollo de sus funciones.
MEDIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Si quiere ejercer su derecho de acceso a la información sobre cuestiones relacionadas con el COLEF Extremadura, puede enviarnos una solicitud de información por cualquiera de estas vías:
- Rellenar este formulario.
- Remitiendo un correo electrónico a coplext@gmail.com o myriamcoplext@gmail..com. Para facilitar la localización de la solicitud, se ruega que en el asunto del correo se indique: "Solicitud de acceso a información pública".
- Por correo postal a la dirección: COLEF EXTREMADURA Avenida de la Universidad s/n, CP:10.003 Facultad de Ciencias del Deporte, Cáceres.
- Por cualquiera de los otros medios de presentación previstos en la Ley.
REQUISITOS
- Identificación: nombre y apellidos.
- Medio de contacto, preferiblemente electrónico.
PROCEDIMIENTO
- Órgano competente para resolver: Gerencia del COLEF Extremadura.
- Plazo de resolución: un mes desde la fecha de entrada de la solicitud en el COLEF Extremadura.
- Recursos: contra la resolución del COLEF Extremadura podrá interponerse recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa. De manera voluntaria, podrá interponer previamente reclamación ante este Colegio.
TRANSPARENCIA EN LAS RESOLUCIONES DEL COLEF EXTREMADURA
Resoluciones denegatorias por aplicación de límites artículo 14 de la Ley de Transparencia.
Por el momento, el COLEF Extremadura no ha adoptado resoluciones denegatorias por aplicación de los citados límites.