MODALIDAD NO EJERCIENTE: NO DISPONE DEL SRC COLEGIAL.
Esta persona educadora físico deportiva NO cuenta con el seguro de responsabilidad civil profesional proporcionado por la Organización Colegial
por encontrarse en modalidad no ejerciente, por lo que no se garantiza la cobertura ante posibles daños personales, materiales y consecuenciales que, involuntariamente, por
sus errores u omisiones, la persona profesional haya podido causar en el ejercicio de su profesión a aquellos/as que reciben sus servicios, así como los perjuicios que de
ellos se pudieran derivar.
La verificación del Desarrollo Profesional Continuo no ha sido activada por esta o este profesional. Todas las personas educadoras físico deportivas pueden activar y actualizar su Desarrollo Profesional Continuo a través de la extranet de la Plataforma COLEF. Para más información, consulte a su Colegio autonómico de adscripción.
* Residencia a estos efectos para los Ejercientes, es el lugar en el que se encuentre el domicilio profesional, único o principal, tal y como establece la Ley de Colegios Oficiales.
Se recuerda que para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores es obligatorio aportar a la entidad o particular para quien se prestan los servicios el certificado negativo de Delitos de Naturaleza Sexual, tal y como establece en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015.
La veracidad de los datos introducidos en este perfil público es responsabilidad única y exclusivamente de la persona profesional, que deberá respetar en cualquier caso las disposiciones del Código Deontológico de la Profesión de la Educación Física y Deportiva. No supone en ningún caso la acreditación de competencias de especialidad por parte de la Organización Colegial. La Constitución Española reconoce el derecho “a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”, que en lo que se refiere a la prestación de bienes y servicios se especifica en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
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