Habiendo sometido el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a trámite de Audiencia e Información Pública el Proyecto de Real Decreto XXX/2024, de XX de XXXXX, por el que se modifican el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, y el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, dentro del plazo proporcionado, el Consejo COLEF realiza las siguientes
APORTACIONES:
El Consejo COLEF solicita que el profesorado de Secundaria y Bachillerato siempre tenga una titulación concordante con las materias que imparte
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes prevé modificar el Real Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros educativos. Ante esta situación, el Consejo COLEF solicita contundente que se haga alusión expresa a que la titulación de Grado y Licenciatura del profesorado de Secundaria y Bachillerato debe ser concordante con las materias a impartir. ¡La Educación Física siempre debe ser impartida por verdaderas y verdaderos especialistas!
https://www.consejo-colef.es/post/taip-requisitos-minimos-centros
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