El Ministerio de Economía ha sometido a trámite urgente el proyecto de Real Decreto para aprobar la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), conforme al Reglamento Delegado (UE) 2023/137. Consejo COLEF, FAGDE y AEESDAP han colaborado para mejorar la clasificación proponiendo la reestructuración de los epígrafes de actividades deportivas y la inclusión de las y los educadores físico deportivos. La complejidad y el corto plazo han dificultado el proceso, buscando alinear los epígrafes con la estructura europea para obtener estadísticas más precisas.
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha sometido a trámite de audiencia e información pública, con carácter de urgencia, el proyecto de ‘Real Decreto por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025)’.
CONTEXTO DE LA CNAE
El objetivo de esta clasificación es codificar todas las actividades económicas en las estadísticas oficiales para fines estatales y la que hasta el momento ha operado en España fue publicada en 2007.
Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009):
Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) (BOE-A-2007-8824).
Explicaciones de la CNAE según el Instituto Nacional de Estadística.
Actividades económicas relacionadas con el sector deportivo (excluidas las de fabricación, comercio y alquiler de artículos):
85.51 Educación deportiva y recreativa.
93.1 Actividades deportivas.
93.11 Gestión de instalaciones deportivas.
93.12 Actividades de los clubes deportivos.
93.13 Actividades de los gimnasios.
93.19 Otras actividades deportivas.
El Consejo COLEF ha advertido en diversas ocasiones sobre la desactualización de la CNAE con respecto a la situación actual del sector deportivo en España, y que esto conlleva una serie de consecuencias entre las que se encuentran las siguientes:
imposibilidad de extraer un análisis real y detallado y, por tanto, un gran desconocimiento sobre la realidad del sector;
dificultad de empresas y profesionales para integrarse en epígrafes acordes con su actividad y, por tanto, una clara repercusión negativa en la solicitud de ayudas, incentivos y beneficios fiscales.
Ahora bien, para adaptar la CNAE a la realidad e idiosincrasia del sector deportivo español existe un hándicap: nuestra clasificación estatal debe permitir la comparabilidad internacional de las estadísticas. Además, en el contexto europeo España tiene que cumplir los requerimientos del Reglamento (CE) n.º 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que establece la clasificación europea de actividades económicas (NACE Rev.2) y se regula la relación que deben tener las versiones nacionales derivadas de esta clasificación europea, con la necesaria aprobación por parte de la Comisión Europea (Eurostat).
LAS APORTACIONES AL PROYECTO DE REAL DECRETO
El proyecto de Real Decreto sometido a trámite urgente de audiencia e información pública se debe al calendario de implementación de las estadísticas europeas que impone el Reglamento Delegado (UE) 2023/137 de la Comisión de 10 de octubre de 2022 por el cual se aprueba la versión revisada de la clasificación europea, es decir, la NACE Rev. 2.1.
Teniendo en cuenta la problemática que se deriva de una Clasificación Nacional de Actividades Económicas que no refleje de forma adecuada la estructura del sector deportivo, el Consejo COLEF, la Federación de Asociaciones de Gestión del Deporte de España (FAGDE) y la Asociación Española de Empresarios de Servicios Deportivos a las Administraciones Públicas (AEESDAP) se han unido, al objeto de que esta alianza sea tenida en cuenta de forma destacada para mejorar la nueva CNAE-2025.
El margen de mejora que permite la CNAE se limita a los desagregados que puedan realizarse de la NACE Rev. 2.1 o la adaptación de las futuras notas explicativas para que empresas y profesionales tengan más claro en qué epígrafes han de encuadrarse. Por eso, el trabajo cooperativo llevado a cabo por las tres entidades ha sido muy complejo, a lo que hay que añadir la dificultad del corto plazo dado por el Ministerio.
Las aportaciones realizadas se dividen en dos bloques:
Uno que reconozca a las educadoras y educadores físico deportivos (DF6ª, Ley del Deporte 2022) dentro de la sección de las actividades profesionales, científicas y técnicas, donde también se encuadran otras profesiones tituladas y colegiadas.
Otro que estructure las actividades deportivas de una forma mucho más clarificadora y que permita extraer datos más detallados para mejorar el sector deportivo.
Evidentemente, la reestructuración del epígrafe 93.1 sobre actividades deportivas no puede realizarse de una forma perfecta porque, como se ha indicado anteriormente, los agregados han de coincidir con la estructura europea. Es por ello que ha sido sumamente difícil encontrar una estructura que, a futuro, permita obtener estadísticas más precisas para el sector.
Además, dada la importancia de estas aportaciones para el futuro del sector deportivo, las tres entidades han solicitado a Fernando Molinero, Director General de Deportes del CSD, su apoyo ante el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa para asegurar que las sugerencias sean tenidas en cuenta e incorporadas en la versión final de la CNAE-2025.
Dada la complejidad de las aportaciones, recomendamos que, para saber más, se consulte el documento remitido por registro, firmado por Consejo COLEF, FAGDE y AEESDAP.
ACCEDE AL TEXTO COMPLETO DE APORTACIONES AL TRÁMITE DE AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA (TAIP):
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